Productos Intermedios - Decreto Nº 1016/97
Recomendaciones
Cargar:
- El periodo informado corresponderá a las facturas emitidas en el mes (con prescindencia de la fecha de entrega de la mercadería)
- Se recuerda que se deberá cargar una planilla por cada producto comercializado en el periodo (una por cada producto)
- Cuando en un periodo no se hayan realizado operaciones igualmente deberá informarse utilizando la opción Sin Movimiento.
- Las operaciones son tres: COMPRA – VENTA – IMPORTACION
- La impresión del formulario importaciones: deberá hacerse en forma horizontal
Rectificar:
- Si una vez cerrado un periodo necesita realizar alguna modificación en alguna declaración jurada deberá enviar un mail al administrador del sistema ([email protected]) indicando claramente qué periodo necesita reabrir. El administrador procederá a realizar dicha rehabilitación y le enviará un mail notificándole la reapertura.
- A continuación deberá ingresar en la declaración jurada de la operación y el producto a rectificar.
- Al terminar la rectificación deberá proceder a cerrar la declaración jurada, el sistema automáticamente la generará como rectificativa de la original y le asignará el número de rectificativa correspondiente.
Visualizar:
Para ver las declaraciones juradas cargadas, siga las recomendaciones detalladas en el instructivo del sistema.